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Capítulo 14

Santa Biblia > Antiguo Testamento > Deuteronomio

1 »Ustedes son los hijos del Seńor su Dios. No se hagan heridas en el cuerpo, ni se rapen la cabeza por delante cuando alguien muera. 2 Porque ustedes son un pueblo consagrado al Seńor su Dios; él los ha elegido entre todos los pueblos de la tierra para que sean el pueblo de su propiedad.

Animales puros e impuros


3 »No coman nada impuro.

4 »Ésta es la lista de los animales que ustedes pueden comer: toros, corderos, cabritos, 5 ciervos, gacelas, gamos, cabras monteses y toda clase de antílopes. 6 Pueden, pues, comer de todo animal rumiante que tenga las pezuńas partidas, separadas en dos partes, 7 pero no deben comer de los siguientes animales, aunque sean rumiantes o tengan pezuńas partidas:

»El camello, la liebre y el tejón; deben considerarlos animales impuros, porque son rumiantes pero no tienen pezuńas partidas.

8 »El cerdo, porque tiene pezuńas partidas pero no es rumiante. Deben considerarlo impuro. No coman la carne de estos animales ni toquen sus cuerpos muertos.

9 »De los animales que viven en el agua podrán comer de los que tienen aletas y escamas, 10 pero no coman de los que no tienen aletas y escamas; deben considerarlos animales impuros.

11 »Pueden comer de toda ave pura, 12 pero hay algunas de las cuales no deben comer: el águila, el quebrantahuesos, el águila marina, 13 el milano, y toda clase de halcones, 14 toda clase de cuervos, 15 el avestruz, la lechuza, la gaviota, toda clase de gavilanes, 16 el búho, el ibis, el cisne, 17 el pelícano, el buitre, el cormorán, 18 la cigüeńa, la abubilla y el murciélago.

19 »Todo insecto con alas será considerado impuro. No deberán comerlo. 20 Pero las aves consideradas puras sí podrán comerlas.

21 »No coman ningún animal que muera por sí solo, pues ustedes son un pueblo consagrado al Seńor su Dios; pero se lo podrán dar al extranjero que viva en las ciudades de ustedes; él sí puede comerlo. Y también pueden vendérselo al extranjero que esté de paso.

»No cocinen cabritos en la leche de su madre.

Instrucciones acerca del diezmo


22 »Cada ańo, sin falta, deberán ustedes apartar la décima parte de todo el grano que cosechen. 23 De esa décima parte de trigo, de vino y de aceite, y de las primeras crías de sus vacas y ovejas, comerán ustedes delante del Seńor su Dios, en el lugar que él escoja como residencia de su nombre, para que aprendan a reverenciar siempre al Seńor. 24 Y si el Seńor los bendice, pero ustedes tienen que hacer un largo viaje para llevar esa décima parte por vivir muy lejos del lugar que el Seńor ha escogido para poner allí su nombre, 25 entonces venderán ustedes esa décima parte y el dinero de la venta lo llevarán al lugar que el Seńor haya escogido. 26 Con ese dinero comprarán allí lo que crean más conveniente: bueyes, ovejas, vino o cualquier bebida fermentada; en fin, lo que ustedes quieran, y lo comerán allí, delante del Seńor su Dios, y harán fiesta junto con su familia.

27 »No desamparen nunca a los levitas que vivan en su población, ya que a ellos no les ha tocado tener su propia tierra como a ustedes.

28 »Cada tres ańos deberán ustedes apartar la décima parte de su cosecha del ańo, y almacenarla en su ciudad, 29 para que cuando vengan los levitas, a quienes no les ha tocado tener su propia tierra, o los extranjeros que viven entre ustedes, o los huérfanos y las viudas, puedan comer hasta quedar satisfechos. Así el Seńor su Dios los bendecirá en todo lo que hagan.


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